{"id":12824,"date":"2026-03-27T12:12:26","date_gmt":"2026-03-27T12:12:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.energiaspatagonicas.com\/?p=12824"},"modified":"2026-03-27T12:12:26","modified_gmt":"2026-03-27T12:12:26","slug":"precisiones-cientificas-sobre-la-ley-de-proteccion-de-glaciares","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.energiaspatagonicas.com\/?p=12824","title":{"rendered":"Precisiones cient\u00edficas sobre la ley de protecci\u00f3n de glaciares"},"content":{"rendered":"<p>Buenos Aires (EP), 27 de marzo \u201826. A causa de sus ambig\u00fcedades y errores, la Ley de Glaciares fue pr\u00e1cticamente letra muerta durante 15 a\u00f1os. El actual proyecto viene a resolver parte de esos defectos<\/p>\n<p>Las discusiones actuales sobre las modificaciones a la Ley de Glaciares 26.639 no son nuevas. Son resabios de controversias y disputas que acompa\u00f1aron tanto el proceso de sanci\u00f3n y promulgaci\u00f3n (2008-2010) como el de implementaci\u00f3n (2010-2019) y de consolidaci\u00f3n (2019-2024).<\/p>\n<p>Sus actores trascienden la faz m\u00e1s conocida, de ambientalismo versus miner\u00eda, para incluir cient\u00edficos, empresarios, funcionarios y provincias. Ello se acentu\u00f3 por haber prevalecido en la ley cambios irregulares sobre las verdades cient\u00edficas y una falta de reglamentaci\u00f3n por creer que la norma era autosuficiente.<\/p>\n<p>Evidentemente no era autosuficiente; ya que de hecho, a causa de sus ambig\u00fcedades y errores, la ley fue pr\u00e1cticamente letra muerta durante 15 a\u00f1os. S\u00f3lo hubo un avance, importante, que es el Inventario Nacional de Glaciares realizado por el Instituto Argentino de Nivolog\u00eda, Glaciolog\u00eda y Ciencias Ambientales (Ianigla).<\/p>\n<p>El actual proyecto PE-161\/25, independiente de que agrega controversia, viene de todos modos a resolver parte de esos defectos. Sin embargo es resistido porque se ha instalado, como nuevo escenario, la creencia general y err\u00f3nea, incluso en \u00e1mbitos acad\u00e9micos, de que el proyecto es una regresi\u00f3n que conspira contra la protecci\u00f3n de glaciares y otras fuentes de agua en la cordillera. Y, por supuesto, resurgen las ya cl\u00e1sicas ideolog\u00edas y pasiones vern\u00e1culas, que poco tienen que ver con los t\u00e9rminos cient\u00edficos y jur\u00eddicos de la protecci\u00f3n concreta de los glaciares.<\/p>\n<p>El proyecto del Ejecutivo sobre los cambios a la Ley de Glaciares<\/p>\n<p>La iniciativa actual del Poder Ejecutivo se centra en 2 aspectos. El primero es definir con precisi\u00f3n los elementos destinatarios de la protecci\u00f3n, que son los que en el ambiente glacial y periglacial constituyen reservas estrat\u00e9gicas de recursos h\u00eddricos, proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrogr\u00e1ficas y otros servicios sociales derivados. As\u00ed rezaba, resumidamente, el texto del proyecto que la ciencia asesoraba en el 2009, madurado tras el veto del de 2008.<\/p>\n<p>Estos elementos son indiscutiblemente los glaciares en el ambiente glacial, donde el hielo permanece perennemente sobre la superficie del suelo expuesto a la atm\u00f3sfera; y los glaciares de escombros en el ambiente periglacial, que son geoformas donde el hielo yace en el subsuelo y poseen sobre el mismo una capa de rocas donde se cumple un ciclo estacional con funci\u00f3n h\u00eddrica.<\/p>\n<p>Sin embargo, la promulgada y vigente ley 26.639, prescindi\u00f3 de estas sencillas precisiones cient\u00edficas y agreg\u00f3 otros conceptos, gramaticalmente desordenados, que adem\u00e1s no defini\u00f3 ni reglament\u00f3. Mantuvo a los glaciares superficiales claramente como las fuentes reconocidas dentro de una parte del ambiente glacial; pero no hizo lo mismo con el ambiente periglacial, al que define defectuosa y arbitrariamente. Y agreg\u00f3 como funciones a proteger, conceptos ecosist\u00e9micos vagos tales como la protecci\u00f3n inespec\u00edfica de la biodiversidad; como si no estuviera ya determinada por la funci\u00f3n h\u00eddrica.<\/p>\n<p>El nuevo proyecto, en cambio, integra ahora todas las funciones, antes dispersas, con lo h\u00eddrico; que es precisamente el valor estrat\u00e9gico a proteger.<\/p>\n<p>Si bien parte de estas imprecisiones persisten en el proyecto actual, por lo que deber\u00edan todav\u00eda ser resueltas proactivamente en la C\u00e1mara de Diputados, se hizo un cambio esclarecedor al equiparar elementos concretos de protecci\u00f3n, volviendo a los glaciares en el ambiente glacial, y a los glaciares de escombros en el ambiente periglacial.<\/p>\n<p>Este criterio cient\u00edfico tiene una potente fundamentaci\u00f3n f\u00e1ctica: el Ianigla, al que la ley le otorg\u00f3 la responsabilidad de elaborar el Inventario Nacional de Glaciares (ING), censa exclusivamente glaciares \u2013con una definici\u00f3n amplia, inclusiva y aceptable en la metodolog\u00eda publicada\u2013 y glaciares de escombros; nada m\u00e1s. Esa metodolog\u00eda no es antojadiza, sino que fue oficializada por la Secretar\u00eda de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Naci\u00f3n por Resoluci\u00f3n 1.141\/15; y el Ianigla, coherentemente, ha seguido utilizando siempre la misma.<\/p>\n<p>El segundo aspecto novedoso del proyecto actual, establece que el ING puede ser revisado y auditado por las provincias, por medio de estudios t\u00e9cnico-cient\u00edficos. Es decir, que el ING no es un registro taxativo inescrutable, sino una herramienta que establece un supuesto de partida, como claramente reza el t\u00edtulo de Ley de Presupuestos M\u00ednimos. Por m\u00e1s que sea m\u00ednimo, no deja de ser un supuesto previo. Una herramienta como el ING; por cierto, valiosa y de probada calidad, debe ser una gu\u00eda obligada, pero no por ello una norma exceptuada de ser validada.<\/p>\n<p>Inventario Nacional de Glaciares: monitoreo con 3 niveles jer\u00e1rquicos de estudios<\/p>\n<p>Para realizar el ING, el Ianigla establece una estrategia de monitoreo que consta de 3 niveles jer\u00e1rquicos de estudios, complementarios entre s\u00ed.<\/p>\n<p>El nivel 1 es el \u00fanico cuantitativo, desarrollado sobre im\u00e1genes satelitales, pero con una parte presencial que no fue completada en m\u00e1s que un peque\u00f1o porcentaje de las 17 mil crioformas inventariadas. Obviamente, no es posible, ni necesario extenderlo a todo el inventario, pero las provincias lo aplicar\u00edan en los casos que se pretenda verificar. Si para el ING es un procedimiento v\u00e1lido, entonces tambi\u00e9n lo es para las provincias.<\/p>\n<p>Por su parte, los niveles 2 y 3 no son cuantitativos; es decir no definen el inventario, sino que son un muestreo cualitativo: el nivel 2 de base documental, que no llega al 1% del inventario; y el nivel 3 de campo a s\u00f3lo 8 glaciares seleccionados, 1 a 3 por regi\u00f3n, 1 por cada m\u00e1s de 2.000 glaciares inventariados.<\/p>\n<p>Adicionalmente, la ley establece que el ING debe actualizarse cada 5 a\u00f1os; obviamente no por la probabilidad de que \u201caparezcan\u201d nuevos glaciares, caso absolutamente fuera de posibilidad en el milenario proceso de desglaciaci\u00f3n del planeta. Salvo, que por mejora en la calidad de las im\u00e1genes, se identificaran algunas geoformas previamente inadvertidas, principalmente glaciares de escombros dado su escaso contraste visual. Por el contrario, la actualizaci\u00f3n ir\u00e1 detectando aquellos glaciaretes que se extinguen, lo cual es natural en el caso de los peque\u00f1os manchones de nieve perenne del ING.<\/p>\n<p>Ese lapso de actualizaci\u00f3n del ING es puramente operativo, y bajo ning\u00fan concepto puede ser impuesto a las provincias como un comp\u00e1s de espera obligatorio de 5 a\u00f1os, para que se autorrevise unilateralmente. Todo lo contrario, el ING debe poder ser revisado continuamente; no como control de calidad, sino como pauta de continua verificaci\u00f3n del car\u00e1cter din\u00e1mico y heterog\u00e9neo de la Naturaleza; lo cual corresponde a las provincias tutelares del territorio, con la mencionada ventaja adicional de poder detectarse localmente geocrioformas que no hubieran sido inventariadas antes.<\/p>\n<p>Es decir, claramente el ING debe y puede ser mejorado; y m\u00e1s a\u00fan cuando hubiera alg\u00fan inter\u00e9s leg\u00edtimo que suscitara una duda genuina, en que un presupuesto requiera ser convertido en certeza. Pero ser\u00eda imposible que el Ianigla o cualquier otro organismo central, realice esos estudios adicionales, as\u00ed fueran s\u00f3lo para avanzar en el campo con el nivel 1, ampliar la densidad del nivel 2 o profundizar el nivel 3.<\/p>\n<p>El rol de las provincias<\/p>\n<p>Las provincias podr\u00e1n llevarlos a cabo independientemente, de pleno derecho federal, con el nivel cient\u00edfico de sus organismos, expresamente reconocidos por el Ianigla en su metodolog\u00eda, en la que menciona m\u00e1s de una docena de entidades provinciales o nacionales de sede provincial, como organismos t\u00e9cnicos id\u00f3neos; hasta el punto de que el proyecto previo de la ley, asesorado en 2009 por el Ianigla, los involucraba directamente en la elaboraci\u00f3n del inventario.<\/p>\n<p>En el proyecto actual, los art\u00edculos 3\u00b0, 4\u00b0 y 7\u00b0 establecen que tales verificaciones provinciales se har\u00e1n sobre la base de estudios t\u00e9cnicos-cient\u00edficos; quedando claro que las provincias no podr\u00e1n pretender ejercer sus facultades de modo meramente administrativo, econ\u00f3mico o pol\u00edtico; sino que deber\u00e1n recurrir a sus universidades y organismos t\u00e9cnicos, o incluso, natural y razonablemente consultando al propio Ianigla. Que el Ianigla sea una indiscutida autoridad en la materia, no es por ello exclusiva; ni tampoco es la autoridad de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por ello, es infundado suponer que la participaci\u00f3n provincial atente contra la ciencia o desautorice al Ianigla. Temer ser auditado se opone al m\u00e9todo cient\u00edfico, que requiere validar todos los resultados por terceras partes, no s\u00f3lo para verificar crioformas detectadas en forma remota por im\u00e1genes satelitales, que por s\u00ed solas s\u00f3lo pueden ser preliminares, sino tambi\u00e9n para investigar y certificar la real funci\u00f3n h\u00eddrica que la ley protege.<\/p>\n<p>Es oportuno mencionar que las mismas organizaciones ambientales que hoy militan la resistencia a corregir la defectuosa Ley 26.639, y se apresuran en declarar que el Ianigla es la fuente inobjetable y \u00fanica para establecer las geoformas a proteger, son las mismas que criticaron y denunciaron torpemente hace 10 a\u00f1os la metodolog\u00eda de realizaci\u00f3n del ING. Metodolog\u00eda que no obstante el Ianigla sigue aplicando sin apartarse un \u00e1pice de los principios cient\u00edficos. Estas acciones ins\u00f3litas se deben, precisamente, a los defectos de la Ley 26.639; que deben ser corregidos.<\/p>\n<p>Se ha dicho que el nuevo proyecto de ley es una regresi\u00f3n en materia ambiental. En base a lo aqu\u00ed expuesto y fundamentado, eso no es cierto, puesto que el cambio no reduce o relaja arbitrariamente el espacio de protecci\u00f3n, sino que la dirige precisamente a aquellos elementos que poseen las funciones h\u00eddricas establecidas en el art\u00edculo 1\u00b0, facilitando y optimizando la aplicabilidad de la ley. Adem\u00e1s, coincide f\u00e1cticamente con la metodolog\u00eda del ING, aplicada 15 a\u00f1os por el Ianigla. Finalmente, ampl\u00eda la participaci\u00f3n ciudadana por medio de las provincias tutelares del territorio.<\/p>\n<p>El conocimiento y la participaci\u00f3n din\u00e1mica son fuentes de perfectibilidad, y nunca pueden ser considerados regresivos.<\/p>\n<p>Gentileza Diario Uno<\/p>\n<p>Fotograf\u00eda Red Ruido<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Buenos Aires (EP), 27 de marzo \u201826. A causa de sus ambig\u00fcedades y errores, la Ley de Glaciares fue pr\u00e1cticamente letra muerta durante 15 a\u00f1os. El actual proyecto viene a resolver parte de esos defectos Las discusiones actuales sobre las modificaciones a la Ley de Glaciares 26.639 no son nuevas. 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