{"id":3219,"date":"2023-12-27T13:12:02","date_gmt":"2023-12-27T13:12:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.energiaspatagonicas.com\/?p=3219"},"modified":"2023-12-27T13:12:02","modified_gmt":"2023-12-27T13:12:02","slug":"que-cambiara-en-la-ley-de-manejo-del-fuego","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.energiaspatagonicas.com\/?p=3219","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 cambiar\u00e1 en la ley de manejo del fuego?"},"content":{"rendered":"<p>Buenos Aires (EP), 27 de diciembre 2023. El decreto del Gobierno nacional establece en su encabezado que esa norma tambi\u00e9n est\u00e1 entre las modificadas. Pero en el texto completo aparece una sorpresa.<\/p>\n<p>Al anunciar en la noche de este mi\u00e9rcoles el vasto Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que establece muy diferentes desregulaciones en materia econ\u00f3mica y laboral, el presidente Javier Milei hizo referencia en su discurso de presentaci\u00f3n a la inclusi\u00f3n en la larga lista de \u201cuna modificaci\u00f3n de la Ley de Manejo del Fuego\u201d.<\/p>\n<p>Pero la lectura de los textos completos del DNU, publicados en el Bolet\u00edn Oficial, arrojan una sorpresa: no hay ninguna referencia espec\u00edfica a ese tema. S\u00f3lo qued\u00f3 en los t\u00edtulos.<\/p>\n<p>A horas de conocerse el decreto, se especula con dos posibilidades: o se trat\u00f3 de una omisi\u00f3n y ese punto qued\u00f3 olvidado de ser incluido en el texto final o hubo una decisi\u00f3n de \u00faltimo momento para, al menos en esta instancia, no incorporarlo.<\/p>\n<p>La ley nacional 28.815 de manejo del fuego, que regula lo referido a los incendios rurales y forestales en el pa\u00eds, fue aprobada en el Congreso en 2012. A fines de 2020, en tanto, se sum\u00f3 la ley 27.064 que modific\u00f3 el proyecto de 2012 en algunos art\u00edculos para agregar ciertas prohibiciones. Se supone, en base a las versiones previas circulantes, que eran esas reformas de 2020 las que se pretend\u00eda ahora derogar.<\/p>\n<p>El proyecto de reforma de 2020 hab\u00eda sido promovido por el bloque de diputados del Frente de Todos. En ese momento, fue muy cuestionado por el muy sector agropecuario y la oposici\u00f3n vot\u00f3 dividida.<\/p>\n<p>En lo central, esos art\u00edculos incorporados establec\u00edan que tras un incendio de campos \u201csea provocados o accidental\u201d ser\u00eda prohibida por 30 a\u00f1os \u201ccualquier actividad agr\u00edcola que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera como habitual al momento del incendio\u201d. Tambi\u00e9n se prohib\u00eda la venta de esos campos para loteos o para proyectos de urbanizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La reforma surgi\u00f3 en medio de los grandes incendios que afectaron, por meses, a la zona de delta del r\u00edo Paran\u00e1, en las provincias de Santa Fe y de Entre R\u00edos. Quienes la promovieron planteaban como hip\u00f3tesis que parte de los inicios de fuegos tendr\u00edan como origen a los due\u00f1os de las tierras que quemaban de modo intencional sus campos para poder avanzar all\u00ed luego con el reemplazo del monte o los pastizales por agricultura o con proyectos de urbanizaciones.<\/p>\n<p>Por esos d\u00edas, la Comisi\u00f3n de Enlace de Entidades Agropecuarias advert\u00eda que la reforma pon\u00eda \u201cen riesgo seriamente la actividad productiva agr\u00edcola-ganadera en todo el pa\u00eds\u201d, adem\u00e1s de dar \u201cpor asumida la culpabilidad individual del propietario del campo, afectando la garant\u00eda constitucional de presunci\u00f3n de inocencia y condenando de antemano al productor de manera prejuiciosa\u201d.<\/p>\n<p>Aunque la ley era de validez en todo el pa\u00eds, el foco apuntaba sobre todo a los constantes incendios rurales en la zona del rio Paran\u00e1.<\/p>\n<p>Para C\u00f3rdoba<\/p>\n<p>Para C\u00f3rdoba, esa reforma de la ley nacional de 2020 no implic\u00f3 grandes cambios en la pr\u00e1ctica.<\/p>\n<p>En esta provincia ya estaba vigente una ley menos restrictiva pero con similar sentido, que establece que un \u00e1rea catalogada como zona roja de conservaci\u00f3n de bosques nativos por la ley de ordenamiento territorial no puede cambiar de uso no de destino despu\u00e9s de ocurrido un incendio, Sin embargo, desde hace a\u00f1os, desde diferentes sectores ligados al ambientalismo se cuestiona que faltan en esta provincia los controles suficientes del Estado para garantizar que sobre un campo con monte quemado no aparezca luego otro uso. S\u00f3lo de ese modo, se lograr\u00eda el objetivo de desalentar que haya quemas intencionales con ese fin.<\/p>\n<p>Fuente: La Voz del Interior<\/p>\n<p>Fotograf\u00eda: National Geographic<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Buenos Aires (EP), 27 de diciembre 2023. El decreto del Gobierno nacional establece en su encabezado que esa norma tambi\u00e9n est\u00e1 entre las modificadas. Pero en el texto completo aparece una sorpresa. 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