{"id":5421,"date":"2024-06-17T19:32:22","date_gmt":"2024-06-17T19:32:22","guid":{"rendered":"https:\/\/www.energiaspatagonicas.com\/?p=5421"},"modified":"2024-06-17T19:32:22","modified_gmt":"2024-06-17T19:32:22","slug":"confirman-la-medida-cautelar-que-impide-cortar-el-gas-en-tdf","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.energiaspatagonicas.com\/?p=5421","title":{"rendered":"Confirman la medida cautelar que impide cortar el gas en TDF"},"content":{"rendered":"<p>Tierra del Fuego (EP), 17 de junio \u201824. La empresa no podr\u00e1 suspender el servicio por falta de pago a los usuarios de Tierra del Fuego por el fallo de la C\u00e1mara de Apelaciones. A su vez, rechaz\u00f3 por improcedente la recusaci\u00f3n con causa deducida por el ENARGAS y no hizo lugar al pedido de apartamiento contra la jueza federal Mariel Borruto.<\/p>\n<p>Los jueces Aldo Su\u00e1rez y Javier Leal de Ibarra, de la C\u00e1mara Federal de Comodoro Rivadavia, emitieron un fallo que rechaza el recurso de queja deducido por la representante legal del Estado Nacional-Ministerio de Econom\u00eda- Secretar\u00eda de Energ\u00eda, contra las medidas que dispuso la jueza federal de la ciudad de R\u00edo Grande, Mariel Borruto, a ra\u00edz de la presentaci\u00f3n colectiva encabezada por el gobernador Gustavo Melella.<\/p>\n<p>Espec\u00edficamente, la C\u00e1mara confirma la medida cautelar interina que ordena a las demandadas dar instrucciones a Camuzzi Gas del Sur S.A. para que se abstenga de llevar a cabo cortes o suspensi\u00f3n del suministro del servicio de gas por falta de pago de la facturaci\u00f3n emitida a partir del cuadro tarifario ordenado por las Resoluciones S.E. N\u00b041\/24 y 122\/24 del ENARGAS con relaci\u00f3n a los usuarios y consumidores del servicio p\u00fablico de gas por redes de la subzona tarifaria Tierra del Fuego.<\/p>\n<p>El mes pasado\u00a0 el gobernador Gustavo Melella, y el Fiscal de Estado Adjunto presentaron una acci\u00f3n de amparo contra el Estado Nacional -Secretar\u00eda de Energ\u00eda de la Naci\u00f3n- y el Ente Nacional Regulador de Gas (ENARGAS), solicitando que al momento de dictar sentencia definitiva se declare la nulidad, inconstitucionalidad e inaplicabilidad de las Resoluciones n\u00ba 41\/24 de la Secretar\u00eda de Energ\u00eda de la Naci\u00f3n y n\u00ba 122\/24 del ENARGAS y\/o de cualquier otra norma y\/o acto concordante y\/o consecuente, respecto de los usuarios y consumidores del servicio p\u00fablico de gas por redes de la subzona tarifaria \u00abTierra del Fuego\u00bb, y que se ordene la devoluci\u00f3n y\/o compensaci\u00f3n de cualquier suma abonada en funci\u00f3n de las normas cuestionadas.<\/p>\n<p>En la presentaci\u00f3n judicial solicitaron el dictado de una medida cautelar para que se suspendan los efectos de las Resoluciones durante todo el curso del proceso y hasta el momento en que se dicte sentencia definitiva, con la intenci\u00f3n de impedir la aplicaci\u00f3n de los nuevos cuadros tarifarios ordenados por las normas nacionales cuestionadas. Adem\u00e1s, se solicit\u00f3 que la distribuidora se abstenga de requerir y\/o perseguir el cobro de cualquier suma de dinero o llevar a cabo cortes o suspensi\u00f3n del suministro de gas por la falta de pago. As\u00ed tambi\u00e9n, que se le d\u00e9 instrucciones a la distribuidora Camuzzi Gas del Sur S.A para que devuelva a los usuarios o los compense por cualquier eventual tarifa abonada en exceso en virtud del nuevo cuadro tarifario.<\/p>\n<p>Finalmente, los camaristas entendieron que los fundamentos de la acci\u00f3n de amparo revisten\u00a0 car\u00e1cter humanitario en procura de la protecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n, y que la medida no impide que se contin\u00fae con la facturaci\u00f3n del servicio. De igual modo, el Tribunal entendi\u00f3 que el incremento de la tarifa tiene un fuerte impacto en los gastos corrientes que una familia tipo debe afrontar, y en base a estos argumentos declararon procedente la medida dispuesta por la Dra. Boruto.<\/p>\n<p>Satisfacci\u00f3n del Gobernador<\/p>\n<p>El gobernador Gustavo Melella destac\u00f3 la resoluci\u00f3n de la C\u00e1mara de Apelaciones de la Justicia Federal.<\/p>\n<p>\u201cDe esta manera, la iniciativa que llev\u00f3 el respaldo de miles de vecinos y diversas instituciones sociales, pol\u00edticas, sindicales, sigue su curso y mientras tanto la empresa Camuzzi Gas del Sur debe abstenerse de cortar o suspender el servicio de gas a los usuarios fueguinos por falta de pago\u201d, se\u00f1al\u00f3 el mandatario en sus redes sociales.<\/p>\n<p>Fuente https:\/\/www.eldiariodelfindelmundo.com\/<\/p>\n<p>Fotograf\u00eda BAE Negocios<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tierra del Fuego (EP), 17 de junio \u201824. La empresa no podr\u00e1 suspender el servicio por falta de pago a los usuarios de Tierra del Fuego por el fallo de la C\u00e1mara de Apelaciones. 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