{"id":9802,"date":"2025-07-01T14:00:31","date_gmt":"2025-07-01T14:00:31","guid":{"rendered":"https:\/\/www.energiaspatagonicas.com\/?p=9802"},"modified":"2025-07-01T14:02:31","modified_gmt":"2025-07-01T14:02:31","slug":"como-impactara-en-el-usuario-el-aumento-tarifario-mayorista-de-energia-y-gas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.energiaspatagonicas.com\/?p=9802","title":{"rendered":"\u00bfC\u00f3mo impactar\u00e1 en el usuario el aumento tarifario mayorista de energ\u00eda y gas?"},"content":{"rendered":"<p>Buenos Aires (EP) 01 de julio \u201825. El Gobierno nacional actualiz\u00f3 los precios de referencia para los mercados mayoristas de electricidad y gas natural, cambios que se reflejar\u00e1n en las boletas de los usuarios residenciales a partir de julio de 2025.<\/p>\n<p>Las medidas se formalizaron a trav\u00e9s de tres resoluciones de la Secretar\u00eda de Energ\u00eda publicadas hoy en el Bolet\u00edn Oficial.<\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n 280\/2025 ajust\u00f3 1% la remuneraci\u00f3n de la energ\u00eda el\u00e9ctrica no contractualizada<\/p>\n<p>Adicionalmente, se estableci\u00f3 un nuevo Precio Spot m\u00e1ximo en el Mercado El\u00e9ctrico Mayorista (MEM) de $ 13.433\/MWh el cual entra en vigencia ma\u00f1ana.<\/p>\n<p>La cartera de Energ\u00eda record\u00f3 que este sistema de remuneraci\u00f3n es de aplicaci\u00f3n excepcional y provisoria \u201chasta tanto se definan e implementen gradualmente los mecanismos regulatorios orientados a lograr un funcionamiento aut\u00f3nomo, competitivo y sustentable que permita la libre contrataci\u00f3n entre la oferta y demanda.<\/p>\n<p>Por su parte, la Resoluci\u00f3n 281\/2025 detall\u00f3 la aplicaci\u00f3n de los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energ\u00eda (PEE) para los Agentes Distribuidores del MEM y el Mercado El\u00e9ctrico Mayorista del Sistema Tierra del Fuego (MEMSTDF) para el per\u00edodo comprendido entre el 1\u00b0 de julio y el 31 de octubre de 2025.<\/p>\n<p>En cuanto al gas natural, la Resoluci\u00f3n 282\/2025 determin\u00f3 una reducci\u00f3n 0,74% en el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), tomando como referencia el valor vigente de la Resoluci\u00f3n N\u00b0 228\/25.<\/p>\n<p>Este precio del PIST se trasladar\u00e1 a los usuarios finales para los consumos realizados a partir de julio de 2025, una vez que el ENARGAS publique los nuevos cuadros tarifarios.<\/p>\n<p>La normativa record\u00f3 que el Estado Nacional puede hacerse cargo de una porci\u00f3n del precio del gas en el PIST \u00aba efectos de administrar el impacto del costo del gas natural a ser trasladado a los usuarios\u00bb.<\/p>\n<p>La pol\u00edtica de mantener \u00absubsidios generalizados y crecientes en el tiempo\u00bb fue declarada \u00abincompatible con la situaci\u00f3n financiera por la que atraviesan las cuentas p\u00fablicas\u00bb.<\/p>\n<p>La reestructuraci\u00f3n de subsidios a la energ\u00eda, establecida por el Decreto N\u00b0 465\/2024, inici\u00f3 un \u00abPer\u00edodo de Transici\u00f3n hacia Subsidios Energ\u00e9ticos Focalizados\u00bb, cuya vigencia fue prorrogada hasta el 9 de julio de 2026.<\/p>\n<p>En este marco de segmentaci\u00f3n, el precio del gas en el PIST se diferencia seg\u00fan los niveles de ingresos de los usuarios: Nivel 1 (Mayores Ingresos), Nivel 2 (Menores Ingresos) y Nivel 3 (Ingresos Medios).<\/p>\n<p>Los usuarios del Nivel 1 \u00abpagar\u00e1n el costo pleno del servicio p\u00fablico de gas natural por red contenido en la factura\u00bb, mientras que para los Niveles 2 y 3 se aplicar\u00e1n bonificaciones sobre un \u00abconsumo base\u00bb al valor asignado a los usuarios de Nivel 1.<\/p>\n<p>El ENARGAS, organismo descentralizado, recibi\u00f3 la instrucci\u00f3n de \u00abdisponer las medidas necesarias a fin de que las facturas que emitan las prestadoras del servicio p\u00fablico de distribuci\u00f3n y subdistribuci\u00f3n de gas por redes reflejen el precio de gas natural en el PIST y, en los casos que corresponda, las bonificaciones\u00bb.<\/p>\n<p>Adicionalmente, las tarifas correspondientes al transporte y distribuci\u00f3n de gas natural deber\u00e1n ser incrementadas conforme a las \u00abrevisiones tarifarias quinquenales\u00bb que lleva adelante el ENARGAS.<\/p>\n<p>Estas actualizaciones se produjeron en el marco de la emergencia del Sector Energ\u00e9tico Nacional, declarada inicialmente por el Decreto N\u00b0 55\/2023 y prorrogada hasta el 9 de julio de 2026.<\/p>\n<p>La Secretar\u00eda de Energ\u00eda hab\u00eda recibido la instrucci\u00f3n de \u00abelaborar, poner en vigencia e implementar un programa de acciones necesarias e indispensables\u00bb para establecer precios en condiciones de competencia y cubrir las necesidades de inversi\u00f3n del sector.<\/p>\n<p>Gentileza https:\/\/www.eldiarioweb.com\/<\/p>\n<p>Fotograf\u00eda Pilar de Todos<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Buenos Aires (EP) 01 de julio \u201825. 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