Río Negro (EP), 20 de agosto ‘25. El pedido está pensado para usuarios de menores recursos y solicitó que se contemple la posibilidad de financiar los consumos en cuotas o refinanciarlos. La defensora del pueblo de Río Negro, Adriana Santagati, elevó un pedido al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (Entege) para que ordene a la empresa concesionaria Camuzzi Gas del Sur S.A. abstenerse de realizar cortes de suministro durante el invierno a usuarios residenciales de la provincia que se encuentren en situación de morosidad. El planteo está dirigido específicamente a los clientes categorizados como Nivel 2 (N2) y Nivel 3 (N3), quienes podrían enfrentar dificultades para afrontar el pago de sus facturas en los meses de mayor consumo, entre junio y septiembre de 2025. Además de la suspensión de cortes, Santagati requirió que se habilite un mecanismo ágil y accesible que permita a los usuarios regularizar sus deudas. La propuesta contempla la posibilidad de financiar los consumos en cuotas o refinanciarlos con tasas de interés de mercado, sin necesidad de recurrir a las oficinas presenciales de la distribuidora. Facturas más altas por frío extremo y aumentos La defensora fundamentó el pedido en el fuerte impacto económico que generan las boletas de gas, producto de los sucesivos aumentos tarifarios –incluida la Resolución SEN N° 282/25– y de las temperaturas inusualmente bajas que se registraron en junio y que suelen caracterizar el invierno en la provincia. “El rigor climático de la zona geográfica en la que vivimos, sumado a las olas polares históricas que se han presentado y que pueden volver a hacerlo, ponen en riesgo la salud y seguridad de los habitantes”, advirtió Santagati, y remarcó que la dependencia del gas y la electricidad para calefaccionar “requiere de especial sensibilidad para los usuarios rionegrinos”. La defensora recordó que la provincia cuenta con un antecedente legal en la materia: la Ley N° 4395/09, que suspendió los cortes de servicios públicos de gas y electricidad en hogares de usuarios desempleados o con dificultades socioeconómicas. Esa normativa fue prorrogada mediante la Ley N° 5758, que se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2025. El acceso a un derecho básico Santagati sostuvo que, si bien es comprensible la necesidad de equilibrar las cuentas fiscales, ello no puede hacerse a costa de limitar el acceso a servicios esenciales. “Si para acceder a un servicio básico los usuarios deben endeudarse o vivir refinanciando el costo de sus facturas, la razón de ser de todo el sistema está invertida”, señaló. Y agregó que, al tratarse de monopolios naturales, los usuarios no tienen la posibilidad de elegir otro prestador, por lo que dependen de la intervención de los poderes públicos para garantizar condiciones justas. Gentileza https://www.lmcipolletti.com/